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Los organismos autónomos

Jaime Santoyo Castro

La concentración de las funciones del poder, la ineficiencia y la corrupción en los diferentes ámbitos del ejercicio gubernamental, fueron generando desconfianza de la sociedad en la estructura de los órganos del Poder, dividido tradicionalmente en las funciones Ejecutivo, Legislativo y Judicial, y le fue quitando atribuciones particularmente el ejecutivo, encomendándoselas a instituciones que se ubicaron fuera de los ámbitos señalados, mismos que asumieron la figura de la autonomía constitucional, quedando fuera del alcande de las autoridades.

Así, en 1980 se le concedió la autonomía constitucional a la UNAM; en 1993 al Banco de México; en 1996 al IFE, (hoy INE); en 1999 a la CNDH; en 2008 al INEGI; en 2013 a la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) y al Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), en 2012 Al Instituto Nacional de Evaluación de la Educación (INEE), y en 2014 al Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (Coneval), y al Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales y la Fiscalía General de la República.

Estos organismos y otros, fueron considerados idóneos para frenar, controlar y equilibrar a los otros órganos con responsabilidades igualmente supremas; y en tal virtud, la Constitución les dio un lugar de relativa igualdad e independencia con respecto a los tradicionales órganos del poder, siendo parte de la estructura del Estado y equiparados a los poderes públicos, aún cuando la propia Constitución no prevé ni regula la creación de órganos constitucionales autónomos, pero se ha reconocido que su misión principal, radica en atender necesidades torales tanto del Estado como de la sociedad en general.

Los órganos autónomos son establecidos en la Constitucion, se ubican al mismo nivel de los órganos del Estado, con los que guardan relaciones de coordinación; sus titulares son designados por el órgano Legislativo a propuesta del Ejecutivo, pero no quedan subordinados a los órganos del poder y mucho menos pueden ser removidos por estos.

En general, se puede advertir que la función de estos organismos constitucionales autónomos han ido asumiendo la función que originalmente se le atribuyó a la división de las funciones del poder, pues su misión, demostrada en la práctica, ha sido la de “controlar al poder”, aunque una crítica que ha sido expresada incluso por el Presidente de la República y compartida por muchos actores de la sociedad es de que han encarecido mucho el gasto porque se han vuelto extremadamente obesos, lo que creo que es necesario revisar, a efecto de no confundir entre la necesidad de su existencia y la razonabilidad del gasto.