La fragilidad de la militancia partidista
Jaime Santoyo Castro
La militancia política debería ser, ante todo, una expresión de convicciones. Quien decide incorporarse voluntariamente a un partido político se supone que lo hace porque encuentra coincidencia con sus principios, ideología, programa de acción y manera de entender los problemas del país.
Así lo concibe nuestro sistema jurídico. La Ley General de Partidos Políticos define al militante como el ciudadano que, en pleno goce y ejercicio de sus derechos político-electorales, se registra libre, voluntaria e individualmente en un partido político, conforme a su normatividad interna.
La propia ley reconoce a los militantes importantes derechos: participar en las decisiones relacionadas con los documentos básicos del partido; intervenir en los procedimientos para elegir dirigentes y candidatos; postularse en los procesos internos; exigir el cumplimiento de las normas partidarias; impugnar las decisiones que afecten sus derechos y, desde luego, renunciar libremente a su militancia.
Pero junto a esos derechos existen obligaciones: respetar los estatutos y la normatividad interna; difundir los principios ideológicos y el programa de acción; velar por la democracia interna y cumplir las resoluciones válidamente emitidas por los órganos partidistas.
Hasta aquí, la teoría.
La realidad es bastante diferente.
En México hemos visto con demasiada frecuencia que la militancia parece durar exactamente el tiempo que duran las posibilidades de obtener una candidatura, un cargo o una posición política.
Personajes que durante años defendieron apasionadamente unos colores y unas siglas descubren profundas e irreconciliables diferencias ideológicas precisamente cuando su partido decide no postularlos como candidatos.
Entonces sobreviene la renuncia.
Y, con sorprendente rapidez, aquello que ayer parecía inadmisible se vuelve aceptable. El adversario se convierte en aliado y las nuevas siglas son abrazadas con el mismo entusiasmo con el que anteriormente se defendían las contrarias.
¿Cambió realmente la ideología o simplemente cambió la posibilidad de obtener el cargo?
De ahí surgió una expresión tan coloquial como descriptiva: los “chapulines” de la política, aquellos que saltan de un partido a otro buscando mejores oportunidades electorales, candidaturas o posiciones de poder.
Desde luego, cambiar de partido es un derecho. Las personas pueden modificar sus ideas y también puede ocurrir que sea el propio partido el que cambie de rumbo o abandone sus principios. En esos casos, marcharse puede constituir incluso una expresión de congruencia.
El problema aparece cuando el salto coincide, casi matemáticamente, con la pérdida de una candidatura y, simultáneamente, con la oferta de otra.
Entonces parece menos una transformación ideológica que una transformación de conveniencias.
Pero existe otro responsable del fenómeno: el partido que recibe al chapulín y de inmediato lo premia con una candidatura.
¿Qué mensaje recibe el militante que durante años trabajó para construir ese partido, recorrió calles, organizó reuniones, defendió sus colores y esperó legítimamente una oportunidad, cuando observa que la candidatura termina entregándose a alguien que hasta ayer militaba en el partido contrario?
El mensaje es devastador: la lealtad, el trabajo y la identificación ideológica pueden valer menos que la rentabilidad electoral de un recién llegado.
Existe además otro fenómeno que merece reflexión: quienes obtuvieron un cargo de representación popular postulados por determinado partido y, una vez electos, cuando enfrentan diferencias con su dirigencia, abandonan la militancia, pero conservan cuidadosamente la diputación, la senaduría, la presidencia municipal o cualquier otra posición alcanzada bajo aquellas siglas.
Jurídicamente, el cargo no pertenece al partido. El representante electo representa a la ciudadanía y nadie puede ser obligado a permanecer afiliado contra su voluntad.
El cuestionamiento es otro: es de congruencia y ética política.
Porque muchas candidaturas no se ganan exclusivamente por los méritos personales del candidato. Detrás existen unas siglas, una estructura territorial, militantes, representantes de casilla, propaganda, recursos y años de posicionamiento político. Y existen, sobre todo, ciudadanos que votaron no solamente por una persona, sino también por el partido que la postuló.
La cuestión resulta todavía más evidente tratándose de legisladores de representación proporcional, cuyo acceso al cargo está directamente relacionado con la votación obtenida por su partido.
Por eso surge una pregunta incómoda:
Si las diferencias con el partido son tan profundas que justifican abandonarlo, ¿no debería preguntarse también quien renuncia si éticamente corresponde conservar el cargo que obtuvo bajo sus siglas?
No se trata de convertir a los representantes populares en empleados de las dirigencias ni de limitar su libertad de conciencia. Puede suceder que sea precisamente el partido el que abandone sus principios y que la renuncia sea un acto de congruencia.
Pero cuando la ruptura coincide con la negativa de una candidatura, la pérdida de una posición o la aparición de una oferta más atractiva, es legítimo preguntarse dónde quedaron aquellas convicciones que parecían inquebrantables.
Los partidos necesitan militantes comprometidos, pero para exigir lealtad también deben ser leales con su militancia.
Cambiar de partido es legítimo. Lo difícil de explicar es que las convicciones cambien exactamente al mismo ritmo que las oportunidades personales.
La fragilidad no está en el derecho a renunciar a un partido, sino en aquellas convicciones que solamente permanecen firmes mientras resultan políticamente rentables.