Generan nuevos requisitos para tramitar el pasaporte mexicano tras las modificaciones a la ley general de los derechos de niñas, niños y adolescentes
Recientemente, se han llevado a cabo importantes modificaciones a la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, que impactan directamente en los padres deudores alimentarios y sus trámites legales. El pasado 8 de mayo de 2023, el Diario Oficial de la Federación publicó un decreto que añade nuevos requisitos para aquellos que deseen obtener el pasaporte mexicano.
Las reformas a la ley se enfocan en establecer claramente los derechos alimentarios de los menores, asegurando su bienestar integral. Entre los derechos reconocidos se encuentran la alimentación, nutrición, vestido, habitación, recreación, atención médica, asistencia médico-hospitalaria, gastos de embarazo y parto, gastos educativos y gastos relacionados con la habilitación o rehabilitación de menores con discapacidad.
Además, como parte de estas reformas, se ha aprobado la creación del «Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias», una base de datos que contendrá información detallada sobre los padres deudores de la pensión alimenticia. Dicha base incluirá el nombre, apellidos, CURP, clave y homoclave del RFC, el órgano jurisdiccional que ordenó la inscripción, así como el monto adeudado y el tiempo restante para su pago.
El requisito más destacado es la emisión de un «certificado de no inscripción en el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias». Este certificado será necesario para realizar algunos trámites, entre ellos el de obtener el pasaporte mexicano o cualquier documento de identidad y viaje. Además, se requerirá para obtener licencias y permisos de conducir, realizar transacciones ante notario público como compra venta de bienes inmuebles y solicitudes de matrimonio.
El certificado contendrá información relevante sobre el deudor alimentario, incluyendo su nombre, apellidos, Clave Única de Registro de Población y el órgano jurisdiccional que ordenó su inscripción en el registro, así como la cuantía de la pensión y el estado de cumplimiento.
En caso de que un padre deudor alimentario esté registrado como tal y requiera tramitar su pasaporte, sin contar con el certificado de no inscripción, no podrá continuar con el proceso. Por otro lado, si el individuo ya posee su pasaporte pero se encuentra registrado como deudor alimentario, las autoridades federales podrían imponer medidas de restricción migratoria, impidiéndole salir del país.
Sin embargo, existe una posibilidad para aquellos padres deudores alimentarios que deseen viajar al extranjero. Si garantizan el pago de al menos la mitad de la deuda alimentaria y realizan un depósito por adelantado que cubra de 90 hasta 365 días de pensión, podrán obtener una autorización especial para salir del país.
Aunque se espera que la medida genere controversia y debate en el ámbito legal, las autoridades consideran que es una medida necesaria para asegurar el cumplimiento de las obligaciones alimentarias y proteger los derechos de los menores en situación vulnerable.
Es importante destacar que el certificado de no inscripción en el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias aún no está disponible, y se prevé que la solicitud se realice a través de una página web que se implementará próximamente. Se estima que el acceso al certificado será gratuito para los interesados.
Ante estos cambios en la legislación, los padres deudores alimentarios deberán estar atentos a los nuevos requisitos para realizar diversos trámites, especialmente aquellos relacionados con la obtención del pasaporte mexicano y otros documentos de identificación. El cumplimiento de las obligaciones alimenticias adquiere una relevancia mayor, ya que no solo impacta en el bienestar de los menores, sino que también puede afectar la movilidad y derechos de los propios deudores.