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¿»Que se mueran los viejos»?

Jaime Santoyo Castro

La vieja canción de Sergio Vega que decía “que se mueran los feos” ha sido transformada para establecer “que se mueran los viejos”. Tal es el mandato que se contiene en un documento denominado “GUIA BIOETICA DE LA ASIGNACION DE RECURSOS DE MEDICINA CRITICA”, elaborado por el Consejo Nacional de Salud.

Esta guía recomienda optar por privilegiar a los jóvenes sobre los adultos mayores, afectados del COVID, en caso de necesitar ventiladores, lo que muestra un desprecio por la existencia de la gente vieja, y apuesta a proteger la vida de los jóvenes, seguramente en virtud de que aún están en edad de producir, olvidando lo que ya produjeron los de la tercera edad, pero aún más, establece que en casos de aparente equidad en la edad y/o condición, se resuelva con un volado, de manera tal que la suerte decidirá quién viva o quién muera.

Esta visión patrimonialista que asigna un valor diferente a la vida de acuerdo a la edad y/o condición, olvida que la función esencial de médicos, enfermeras y el sistema de salud es el de proteger la salud y la vida, y que no debe diferenciar por razones de edad, condición social, económica, política o religiosa.

Esta guía se convierte prácticamente en una sentencia de muerte anticipada para los mayores de sesenta años, que son discriminados simplemente por su edad, quebrantando todo tipo de disposiciones legales, tales como:

1.- Los artículos 1º, 3º, 7º, de la declaración Universal del los Derechos Humanos.
2.- El artículo 4º de la Convención Americana de Derechos Humanos (Pacto de San José).
3.- El Pacto de San Salvador, cuyo artículo 17 privilegia la protección especial de los ancianos.
4.- La Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas mayores.
5.- El párrafo quinto del artículo 1º de la Constitución Mexicana.

Todas estas disposiciones consagran la igualdad ante la ley; la protección contra cualquier tipo de discriminación por razones entre otras, de edad; el derecho a la vida y a la salud, y a la vida digna de las personas.

¿Qué poder supremo o qué ley otorga facultades para decidir quién viva y quien muera? ¿Es moral la decisión de dejar sin atención a alguien que evidentemente la requiere? Ni siquiera el crimen organizado actúa movido por razones de edad o al azar.

La escasez de recursos pone en aprietos al que los reparte, pero también se presta para establecer privilegios, como dice el viejo refrán: “el que parte y comparte se queda con la mayor parte”; y ¿qué pasará si en el mismo momento requiere un ventilador una alta autoridad gubernamental, o un empresario, (ambos mayores de sesenta años), o un familiar de estos y un joven estudiante de 23 años, sin patrimonio y sin cargo público? ¿A quien se lo asignarán?

Creo que debe revisarse la guía para que, respetando el derecho a la vida y los derechos humanos, con criterio médico y no economicista, se utilicen los recursos disponibles.