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La publicidad engañosa

– Un llamado de alerta de la Jurisdicción Sanitaria Núm. 6
La diversidad de productos y servicios que se comercializan en el mercado cada vez es más amplio, por lo que su entorno competitivo se agudiza, así la publicidad funge un papel fundamental ya que es un motor comercial para la industria. En este sentido la regulación publicitaria es esencial en los procesos de comercialización vinculados a la ética publicitaria y responsabilidad social  para favorecer la información veraz con respecto a productos y servicios vinculados a la salud.
La COFEPRIS promueve con la industria y con las entidades federativas  los lineamientos publicitarios de carácter técnico que apoyan la ética publicitaria y la autorregulación con el fin de prevenir posibles fraudes a la salud o riesgos por exposición a publicidad engañosa  y así mejorar la toma de decisión de la población con respecto a su salud.
Así mismo, la COFEPRIS debido a la diversidad de materias que regula en lo referente a publicidad, requiere de una retroalimentación oportuna y constate entre las áreas que directamente se vinculan con la regulación de: SERVICIOS DE SALUD, SERVICIOS Y PROCEDIMIENTOS DE EMBELLECIMIENTO, EQUIPOS MEDICOS, ORTESIS, PROTESIS, AYUDAS FUNCIONALES, AGENTES DE DIAGNOSTICO, MATERIALES QUIRURGICOS Y DE CURACION, INSUMOS DE USO ODONTOLOGICO Y PRODUCTOS HIGIENICOS.
La vigilancia sanitaria de la publicidad se extiende a más rubros en donde puede existir publicidad engañosa y ésta pueda originar un riesgo a la salud de la población por un producto o servicio tales como: Bebidas alcohólicas (Promoción de barra libre, hora feliz y 2×1), Tabaco, Suplementos Alimenticios (conocidos como Productos Milagro ofertados para bajara de peso o potencializador sexual).
Los anunciantes deberán obtener, en su caso, la autorización o el aviso sellado por la Secretaría, según el producto o servicio que se anuncie.
Las agencias de publicidad deberán apegarse a los términos de la autorización o del aviso, en su caso, para la elaboración de los materiales publicitarios.
Los medios de difusión se asegurarán de que la publicidad que trasmitan cuente con la autorización sanitaria o se haya presentado aviso ante la Secretaría, según sea el caso.
La publicidad de estos rubros, requieren de realizar el trámite de Aviso o Permiso de publicidad según corresponda, en los Servicios de Salud en Ciudad Gobierno, Circuito del Gato, Edificio “G”. Tel. 01 492 92 3 94 94 y en la base de la Jurisdicción Sanitaria No. VI C. C.F.E. # 1 Fracc. Las Moritas, Tlaltenango, Zac. Tel. 01 437 95 4 05 82