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Cárcel a gasolineros que no vendan litros de a litro

– Deben realizar inspecciones constantes y efectivas autoridades de PROFECO

 

El pleno del Senado aprobó la nueva Ley para Prevenir y Sancionar Delitos Cometidos en materia de Hidrocarburos, que establece sanciones más severas a la llamada “ordeña”, robo, tráfico, y venta de combustibles.

Se contempla de seis a 10 años de cárcel a los dueños y administradores de gasolineras cuando alteren los productos que expendan o no despachen bien los litros del combustible o las demás especificaciones que para estos productos establezca la Comisión Reguladora de Energía.

Incluso se tipifica también como terrorismo a quien por medio de la violencia atente contra instalaciones y personal de instalaciones que producen, distribuyen o venden estos productos.

En la sesión ordinaria del jueves 12 de marzo, el presidente en turno de la Mesa Directiva, José Rosas Aispuro, informó que se aprobó con 80 votos a favor y siete en contra la nueva ley y reformas que adicionan el Código Federal de Procedimientos Penales, el Código Penal Federal y la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, que contemplan penas que van de los seis a los 60 años de prisión.

Con la nueva ley quien robe en las gasolineras alcanzará hasta diez años de prisión; y hasta 35 años de cárcel, así como multas de hasta tres y medio millones de pesos para quienes ordeñen los ductos.

Pero no es suficiente que las leyes existan, ya que muchas veces no se aplican y en ocasiones, la implementación de sanciones más severas se presta para que autoridades regulatorias vean la oportunidad de presionar a gasolineros, no tanto para que despachen litros completos, sino para llevarse su tajada por no aplicar las sanciones. ¿Será necesario que se ponga a alguien que inspeccione a los inspectores?