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ANTICORRUPCIÓN Y EL LEGISLATIVO

Antonio Sánchez González, médico

En el ejemplar de la Gaceta Parlamentaria publicada por el Poder Legislativo del Estado de Zacatecas con fecha del 5 de marzo pasado se incluyó una iniciativa de proyecto de decreto propuesta por la diputada Aída Ruiz Flores Delgadillo, del grupo parlamentario de Nueva Alianza, quien plantea modificar la Ley del Sistema Estatal Anticorrupción (SEA) de Zacatecas, específicamente en lo concerniente al proceso de elección, duración del encargo, atribuciones y el proceso de posible destitución del funcionario que ocupe el puesto de secretario técnico del sistema mismo.

En el funcionario a quien se encarga la secretaría técnica del SEA recaen una serie de responsabilidades cruciales para el funcionamiento del sistema, entre ellas proponer la realización de estudios y evaluaciones, recaudar indicadores de actos de corrupción, proveer insumos para la elaboración de propuestas de políticas públicas, proyectar el calendario de trabajos del Comité Coordinador o ejecutar y dar seguimiento a los acuerdos del mismo comité y que este le encomiende y participar en las reuniones del órgano de Gobierno como secretario.

De la propuesta de la diputada Ruiz Flores Delgadillo se infiere que uno de sus objetivos es homologar la Ley del SEA de Zacatecas con la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción y las vigentes en otros estados, en las que se tiene previsto que el período de ejercicio del secretario técnico sea de 5 años (y no de 3 como en Zacatecas), el mecanismo de selección para que el mismo funcionario sea electo en última instancia por el Órgano de Gobierno del SEA (y no por el Comité de Participación Ciudadana (CPC) como está previsto en Zacatecas) y pretende modificar el mecanismo para una posible remoción atribuyéndolo a una figura que no está prevista en la misma Ley del SLA de Zacatecas.

Sin embargo, en su argumentación, la diputada manifiesta que estos cambios son necesarios porque solamente a través de su promulgación se puede asegurar la correcta ejecución de los programas y proyectos que defina el Comité Coordinador y el correcto funcionamiento del SEA. Evidentemente, la propuesta de la diputada Ruiz Flores Delgadillo parte de premisas falsas: si bien, también desde nuestro punto de vista es deseable que el SEA tenga una Secretaría Técnica institucionalmente fuerte (nos referimos a la institución y no a la persona) consideramos que, evidentemente, no es cierto que la ejecución de programas y proyectos dependa exclusivamente (ni que deba depender) del secretario técnico ni de su permanencia en el cargo: de ser así el SEA mismo no tendría razón de ser: recuérdese que la responsabilidad de la ejecución de programas y proyectos de trabajo del SEA se definen, son responsabilidad para su ejecución y sus resultados deben ser informados por el Comité Coordinador y su presidente y no por el secretario técnico. Idealmente, los programas y proyectos que ejecute el SEA deben resultar de las recomendaciones de políticas públicas hechas por el CPC con base en los indicadores que recopile y provea, eso sí, la secretaría técnica. Aceptar como ciertas las aseveraciones en las que la diputada fundamenta su propuesta sería el equivalente a asumir que un sistema anticorrupción es por sí mismo innecesario y que basta con la secretaría técnica para controlar el fenómeno de la corrupción.

La legisladora tampoco parece apreciar que, por lo antes expuesto, su propuesta significa una regresión desde varios puntos de vista. Solamente considérese la propuesta modificación en los mecanismos de elección de tal funcionario, hasta hoy atribuida directamente a los ciudadanos.

En el CPC consideramos que la misma Ley del SEA de Zacatecas amerita un proceso de análisis, perfeccionamiento y corrección en varias aristas, pero no creemos que una de ellas sea en lo referente a la secretaría técnica ni al funcionario que la represente.

El autor es integrante del Comité de Participación Ciudadana del Sistema Estatal Anticorrupción