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FIN A JUSTICIA SELECTIVA EN MATERIA FISCAL

Jaime Santoyo Castro

La Senadora Olga Sánchez Cordero, próxima Secretaria de Gobernación, presentó una iniciativa de reforma constitucional que tiene como finalidad poner fin a la justicia selectiva en materia fiscal, toda vez que plantea permitir la declaratoria general de inconstitucionalidad en materia tributaria, que está excluida en el artículo 107 constitucional, contribución que me parece relevante, por lo siguiente:

El artículo 107 de la Constitución Mexicana señala que el juicio de amparo se seguirá siempre a instancia de parte agraviada, teniendo tal carácter quien aduce ser titular de un derecho o de un interés legítimo individual o colectivo, siempre que alegue que el acto reclamado viola los derechos reconocidos por la Constitución y con ello se afecte su esfera jurídica…

Expresamente señala en su fracción segunda, que: “II. Las sentencias que se pronuncien en los juicios de amparo sólo se ocuparán de los quejosos que lo hubieren solicitado, limitándose a ampararlos y protegerlos, si procediere, en el caso especial sobre el que verse la demanda”.

Esto significa que la resolución sólo favorece al promovente del amparo, pero en los siguientes párrafos de ésta fracción, prevé que cuando los órganos del Poder Judicial de la Federación establezcan jurisprudencia por reiteración en la cual se determine la inconstitucionalidad de una norma general, la Suprema Corte de Justicia lo notifique a la autoridad emisora y  transcurrido el plazo de 90 días naturales sin que se supere el problema de inconstitucionalidad, la Corte emitirá, siempre que fuere aprobada por una mayoría de cuando menos ocho votos, la declaratoria general de inconstitucionalidad, en la cual se fijarán sus alcances y condiciones en los términos de la ley reglamentaria.

De aquí se desprende que cuando exista jurisprudencia por reiteración, la Corte lo debe remitir a la autoridad emisora para que se elimine la inconstitucionalidad, y si en ése término no lo hace, la Suprema Corte de Justicia de la Nación emitirá la declaratoria general de inconstitucionalidad, que automáticamente beneficiará a los que no hubieran promovido el amparo, pero establece una excepción, pues precisa que: “Lo dispuesto en los dos párrafos anteriores no será aplicable a normas generales en materia tributaria”, y esta disposición condena al contribuyente a soportar normas o resoluciones que pudieran lesionar su patrimonio y sus derechos.

La contribución de la Ex Ministra, es un acto de justicia, porque muchos contribuyentes se ven obligados a pagar impuestos aún cuando hay casos similares en los que la disposición normativa fue declarada inconstitucional y no pueden aprovechar esta declaratoria porque carecen de recursos para promover y se ven en la disyuntiva de o pagar impuestos, o pagar abogados y ante la incertidumbre prefieren pagar los impuestos, lo que es una abominable inequidad. ¡Buena señal!