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COMUNICADO

RAYMUNDO CARRILLO RAMÍREZ

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación emitió sentencia mediante la cual señaló a 18 gobernadoras y gobernadores emanado del partido MoReNa como responsables de diversas violaciones a la Constitución y la normatividad electoral.

El máximo tribunal electoral también resolvió inscribir a los infractores en el Catálogo de Sujetos Sancionados (CSS) del propio TPJE, así como dar vista a las autoridades competentes a efecto de que éstas apliquen las sanciones correspondientes a cada gobernador y cada gobernadora.

Lo anterior ha sido determinado en principio por la Sala Regional Especializada del tribunal en su sentencia SER-PSC-77/2022 DEL 19 DE MAYO DE 2022, misma que fue confirmada por la Sala Superior mediante la sentencia SUP-REP-362/2022 Y ACUMULADOS, de fecha 15 de junio de este año.

En dichas determinaciones quedó probada la existencia de ilícitos constitucionales relativos a la difusión de propaganda en tiempo prohibido, promoción personalizada y vulneración del principio de imparcialidad, los cuales se realizaron en el proceso de revocación de mandato, a la vez que se acreditó la responsabilidad de los siguientes gobernadoras y gobernadores: Por promoción personalizada y vulneración al principio de imparcialidad: Jefa de Gobierno de la Ciudad de México, gobernadora de Baja California y gobernadores de Chiapas, Nayarit, Sinaloa, Sonora, Tabasco y Puebla.

Por difusión de propaganda gubernamental durante el proceso de revocación de mandato: Gobernadoras de Baja California, Campeche, Guerrero, Colima y Tlaxcala, gobernadores de Chiapas, Nayarit, Sinaloa, Baja California Sur, Michoacán, Morelos, San Luis Potosí, Sonora, Tabasco, Veracruz, Zacatecas y Jefa de Gobierno de la Ciudad de México.

Por incumplimiento de las medidas cautelares dictadas en este asunto: Gobernador de Zacatecas Asimismo, debido a que no cuenta con facultades para imponer directamente las sanciones a las y los infractores, el TEPJF determinó dar vista para esos efectos jurídicos a las autoridades correspondientes, particularmente a los Congresos locales de dichas entidades federativas.

La sentencia de la Sala Superior del TEPJF es definitivamente inatacable y es de observancia obligatoria para todas las autoridades, incluidas las Legislaturas estatales. La sentencia SUP-REP-362/2022 Y ACUMULADOS está disponible en la página oficial del TEPJF en la siguiente liga: https://www.te.gob.mx/sentenciasHTLM/convertir/ expediente/SUP-REP-0362-2022 La lucha contra de la impunidad que en el PRD sostenemos es causa común de la población, impunidad y corrupción que ha venido reproduciéndose en la 4t como en los tiempos inmediatos anteriores, la cual, representa un flagelo para el Estado de Derecho mexicano.

Ante la flagrante actitud de disimulo y socarronería de las actuales autoridades Constituidas en el Estado y la federación; es consecuente y correcto hacer el pertinente llamado, para que se tenga la información fidedigna alrededor de hechos violatorios de la Ley, indebidos, indeseables y deleznables, mismos que son otro ejemplo del dolo con que actúan los gobiernos de MoReNa; enseguida plantearles a los diputados locales, que procedan a tomar las medidas pertinentes inherentes al Poder Legislativo ante el carácter de sujeto sancionado del Gobernador del Estado de Zacatecas y se proceda al cumplimento de la sentencia, esto es, demandarle que apliquen sanciones al respectivo infractor en términos de la ley.